Aprueba IEEZ disolución de alianza PRI-PVEM


ZACATECAS. El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas declaró procedente la solicitud de retiro y/o separación del Partido Revolucionario Institucional (PRI) de la coalición electoral flexible denominada Coalición por Zacatecas.

La alianza fue integrada para contender en el proceso electoral ordinario 2017-2018 para los cargos de diputaciones e integrantes de los ayuntamientos, y fue aprobada mediante la resolución RCG-IEEZ-003/VII/2018 el 13 de enero pasado.

El Consejo General del IEEZ aprobó la disolución de la coalición Coalición por Zacatecas, que celebraron los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México (PVEM).

Como consecuencia, se deja sin efectos el registro del convenio de coalición electoral flexible que celebraron el tricolor y el PVEM

Sin embargo, se dejan a salvo los derechos de los partidos políticos que integraron la coalición, así como los procesos internos que llevaron a cabo, en su caso, para la selección y designación de sus candidatos.

Por tal motivo, las candidaturas que registren el PRI y el PVEM para las elecciones de diputaciones y ayuntamientos en el presente proceso electoral deberán garantizar la paridad de género vertical, así como horizontal en su vertiente cualitativa y cuantitativa.

La selección atenderá a un criterio que cumpla con las reglas siguientes: objetivo, medible, homogéneo, replicable, verificable y que observe el propósito de garantizar condiciones de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, en términos del artículo 26 de los lineamientos para el registro de candidaturas a cargos de elección popular de los partidos políticos y coaliciones.

El Consejo General del IEEZ ordenó requerir al PRI y PVEM para que, dentro de un plazo de 48 horas, contadas a partir del día siguiente al de la aprobación del presente acuerdo, den cumplimiento a este requerimiento.

 

Reelección sin separarse de cargos

El Consejo General del IEEZ celebró tres sesiones extraordinarias con carácter de urgente, en las que se dio cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas, en la resolución recaída al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, identificado con el número de expediente TRIJEZ-JDC-019/2018.

En ella se modifican las porciones normativas atinentes de los artículos 11 y 12 de los Criterios para la postulación consecutiva de candidaturas a diputaciones, presidencias municipales, sindicaturas y regidurías que realicen los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, así como las reglas para la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.

En el artículo 11 se precisa que “los diputados e integrantes de los ayuntamientos que pretendan contender por la vía de la elección consecutiva en el proceso electoral 2017-2018 deberán cumplir con los requisitos señalados en los artículos 53, 118, fracción III, de la Constitución Política del Estado de Zacatecas; 12 numeral 1 y 14 numeral 1 de la Ley Electoral; 8 y 9 de los Lineamientos de Registro, 13 y 14 del Reglamento, según corresponda”.

Además, en el artículo 12 se señala que “para ejercer el derecho de presentarse a una elección consecutiva por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, no es necesario el requisito de separación del cargo, tratándose de elección consecutiva de diputados e integrantes de los ayuntamientos”.

Redacción / Trópicozacatecas.com

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